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jueves, 8 de octubre de 2020

DESAPARICIÓN FORZADA


Foto de una persona con una camiseta que dice Y de los desaparecidos ¿Quién habla?

La desaparición forzada se entiende como la privación de la libertad de una o varias personas mediante aprehensión, detención o secuestro. A esta privación le sigue del ocultamiento de dicha privación, de información acerca del paradero de la o las personas que han sido privadas. Al ocurrir este hecho se le priva de los recursos y garantías legales. 

La desaparición forzada se reconoce como una violación a los Derechos Humanos cuando los hechos son cometidos por el Estado a través de sus agentes o a través de personas o grupos de personas que actúen con la autorización o apoyo del EstadoLa desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad cuando, entre otras características, los hechos se cometan de manera generalizada (multiplicidad de víctimas) o sistemática (como parte de una práctica frecuente) (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2009, p. 5). 

Este hecho es una clara violación múltiple y sistemática de varios Derechos Humanos, como lo son: derecho a la libertad y seguridad personal, derecho a la integridad personal, al trato humano y la prohibición de la tortura, el derecho al debido proceso, a un recurso efectivo, a las garantías judiciales y al más importante al derecho a la vida. 

Este tipo de delito y de violaciones se entienden como continuado y permanente lo que quiere decir que el delito se sigue cometiendo desde la desaparición de la persona hasta que se establezca el paradero o el destino de la persona desaparecida. Así mismo, es un delito imprescriptible lo que significa que la acción no tiene caducidad con el paso del tiempo. 

 

FUENTE: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2009). La desaparición forzada de personas en Colombia. Recuperado de: https://www.hchr.org.co/publicaciones/otras/cartilla_victimas.pdf

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